Las elecciones generales tendrán lugar el próximo domingo 22 de octubre, por lo que la veda electoral 2023 comenzó a las 8 de este viernes y se extenderá hasta las 21 del domingo, día en el que se votará al nuevo presidente, vicepresidente, la mitad de la Cámara de Diputados de la Nación, un tercio del Senado y se renovarán legisladores provinciales, jefe de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, intendentes y concejales municipales.
Respetando el Código Electoral Nacional, 40 horas antes de la elección inició la veda electoral, una medida que le da un espacio de reflexión a los votantes en las horas previas a emitir su voto.
Aunque la disposición se sustenta de la ley 19.945, que en su artículo 71 detalla las restricciones durante y hasta tres horas después de las elecciones, cada provincia también cuenta con su propia regulación local. Sin embargo, estas normativas no representan diferencias sustanciales.
¿Qué cosas no se pueden realizar durante la veda electoral?
Se prohíbe realizar actos públicos de campaña, el proselitismo electoral incluidos los avisos publicitarios y el reparto de boletas y la apertura y funcionamiento de locales partidarios: la medida vale también para los posteos en redes sociales y la actividad online destinada a promover el voto de un candidato en particular.
La venta de bebidas alcohólicas quedará restringida a partir de las 20 del sábado.
Se prohíbe la publicación y difusión de resultados de encuestas o sondeos preelectorales, una medida que estará vigente hasta las 22 del domingo.
Los espectáculos populares al aire libre o en recintos cerrados, fiestas teatrales, deportivas y de toda clase de reuniones públicas que no se refieran al acto electoral, durante su desarrollo y hasta pasadas 3 horas de ser clausurado.
A los electores, la portación de armas, el uso de banderas, divisas u otros distintivos durante el día de la elección, 12 horas antes y 3 horas después de finalizada.
No se puede comprar alcohol
Una de las restricciones establecidas en la ley 19.945 es el horario de venta de bebidas alcohólicas. En la normativa se prohíbe la venta de alcohol desde doce horas antes y hasta tres horas después de finalizado el acto eleccionario.
De esta manera, no se podrá vender más alcohol desde las 20 horas del sábado 21 de octubre hasta las 21 horas del domingo.
¿Hasta cuándo rige la veda electoral?
Dicha veda se extenderá durante todo el fin de semana y recién se levantará a las 21 del domingo 22 de octubre, tres horas después de que hayan cerrado los centros de votación.
Horarios de votación
Las mesas de votación estarán habilitadas desde las 8 hasta las 18, según definió la Cámara Nacional Electoral. A las 18 horas se cierran las puertas de los centros de votación y las autoridades de mesa deberán esperar que todas las personas que ingresaron puedan ejercer su derecho al voto.
Documentos válidos para votar
- Libreta de enrolamiento/libreta cívica.
- DNI libreta verde.
- DNI libreta celeste.
- Tarjeta del DNI libreta celeste, que contiene la leyenda “No válido para votar”.
- DNI tarjeta.
Es importante recordar que no se permite el uso del DNI en el celular ni de un documento cuyo ejemplar sea anterior al que figura en el padrón electoral.
Fuente: Diario Popular